Reclamación de la comisión de apertura en hipotecas

Recientemente la Audiencia Provincial de Salamanca ha dictado una sentencia en la que, haciéndose eco de lo acordado por el Tribunal de Justicia de la Unión Europea hace unos meses, abre la posibilidad a que los consumidores que hayan solicitado una hipoteca en los últimos 15-20 años, puedan reclamar con éxito el importe que se les cobró como comisión de apertura.

El importe que se pagó en su día por la comisión de apertura suele rondar entre el 0,5% y el 2% del importe total del préstamo, por lo que en la mayoría de los casos es una suma de dinero importante, que además puede recuperarse junto con los intereses devengados desde que se pagó hasta la actualidad.

El argumento para esta reclamación es que, en la mayoría de las ocasiones, las entidades bancarias cobraban la comisión de apertura de manera genérica, sin que respondiera a un servicio efectivamente prestado, lo que se considera abusivo, y por tanto, nulo de pleno derecho.

Por tanto, si la entidad bancaria no puede ahora demostrar que esa comisión responde a un servicio efectivamente prestado, tendrá que devolver el dinero.

Para reclamar estos importes basta con disponer de una copia de la escritura de hipoteca, y del justificante del pago de la comisión de apertura (basta con que conste reflejado en un extracto bancario, para acreditar su pago).

Si está interesado en obtener más información al respecto, y dispone de la documentación necesaria (copia de la escritura y copia del justificante de pago), puede ponerse en contacto con nosotros y, de manera absolutamente gratuita y sin compromiso le informaremos del procedimiento para reclamar con éxito su dinero.

Esperamos que esta información pueda resultar de su interés.